Al emperador Trajano (98-117 d.C) no le gustaban las "asociaciones".
Esto no era nada nuevo, pues ya César en el año 7 a.C las había prohibido considerando que pronto se transformaban en grupos políticos y determinando que :
"Quienquiera establezca una asociación sin autorización especial, es pasible de las mismas penas de aquellos que atacan a mano armada los lugares públicos y los templos".
Así que cuando el gobernador de Bitinia, Plinio el Joven, tras el incendio de la capital, Nicomedia, escribía a Trajano: "Te toca a ti, señor, valuar si es necesario crear una asociación de bomberos de 150 hombres. De mi parte, cuidaré de que tal asociación no incorpore sino bomberos...", Trajano rechazando la idea le respondía: " No te olvides que tu provincia es presa de sociedades de este género. Cualquiera sea su nombre, cualquiera sea la finalidad que nosotros queramos dar a hombres reunidos en un solo cuerpo, esto da lugar, en cada caso y rápidamente, a eterías".
[Eterías es el nombre en griego de las asociaciones].
Bitinia era una muy poblada, rica y alejada provincia del Imperio Romano, a orillas del mar Muerto, y su gobernador, el que así se dirigía a Trajano, era el muy rico y erudito Cayo Plinio Cecilio Segundo (62-113 d.C), más conocido como Plinio el Joven.
Nacido en Como (Novum Comum), era sobrino de Plinio el Viejo que le había adoptado al quedar huérfano y cuyo nombre tomó en el año 79. Tribuno militar, cuestor, pretor, cónsul y legado imperial, sus cartas proporcionan una visión muy valiosa de la vida en el siglo I d.C, de sus amigos y contemporáneos.
Además de su "Panegírico", un elogio al emperador Trajano del que era buen amigo, fue autor de nueve libros de cartas, "Epistolae", y de un décimo libro conteniendo su correspondencia oficial como gobernador de Bitinia con el emperador Trajano.
Me ha parecido de gran interés el conocimiento por el lector del texto completo de la Carta que Plinio el Joven dirige al emperador Trajano con respecto a los cristianos y la respuesta de éste, cartas 96 y 97 del libro X de las "Epistolae".
Plinio el Joven, Epist. X,96 (carta a Trajano):
(1) Señor, es norma mía someter a tu arbitrio todas las cuestiones que me ofrecen motivo de duda. ¿Quién mejor para encauzar mi incertidumbre o para saldar mi ignorancia? Nunca he llevado a cabo pesquisas sobre los cristianos (cognitionibus de christianis interfui numquam): no sé, por tanto, qué hechos o en qué medida han de ser castigados o perseguidos.
(2) Y harto confuso (me he preguntado) si no se da discriminación en punto a la edad o si la tierna edad ha de ser tratada de modo diverso a la adulta; si se debe perdonar a quien se arrepiente, o bien si a quien ha sido cristiano hasta la médula (qui omnino christianus fuit) le ayuda algo el abjurar; si se ha de castigar en razón del mero nombre (nomen), aun cuando falten actos delictivos, o los delitos (flagitia) vinculados a dicho nombre. Entre tanto, he aquí cómo he actuado con quienes me han sido denunciados como cristianos (qui ad me tamquam christiani deferebantur).
(3) Les preguntaba a ellos mismos si eran cristianos (an essent christiani). A quienes respondían afirmativamente, les repetía dos o tres veces la pregunta, bajo amenaza de suplicio; si perseveraban, les hacia matar. Nunca he dudado, en efecto, fuera lo que fuese lo que confesaban, que semejante contumacia e inflexible obstinación (pertinaciam certe et inflexibilem obstinationem), merece castigo al menos.
(4) A otros, convictos de idéntica locura, como eran ciudadanos romanos, hacia los trámites pertinentes para enviarlos a Roma. Y no tardaron, como siempre sucede en estos casos, al difundirse el crimen (diftundente se crimen) a la par que la indagación, en presentarse numerosos casos diversos.
(5) Me llegó una denuncia anónima que contenía el nombre de muchas personas. Quienes negaban ser o haber sido cristianos (qui negabant esse se christianos aut fuisse), si invocaban a los dioses conforme a la fórmula impuesta por mí, y si hacían sacrificios con incienso y vino ante tu imagen, que a tal efecto hice erigir, y maldecían además de Cristo (male dicerent Christo) –cosas todas que, según me dicen, es imposible conseguir de quienes son verdaderamente cristianos (qui sunt re vera christiani)– consideré que debían ser puestos en libertad.
(6) Otros, cuyo nombre había sido denunciado, dijeron ser cristianos y lo negaron poco después (esse se christianos dixerunt et mox negaverunt); lo habían sido, pero luego habían dejado de serlo, algunos hacia tres años, otros más, otros incluso veinte años atrás. También todos estos han adorado tu imagen y la estatua de los dioses y han maldecido de Cristo (et Christo male dixerunt).
(7) Por otra parte, ellos afirmaban que toda su culpa y error consistía en reunirse en un día fijo antes del alba y cantar a coros alternativos un himno a Cristo como a un dios (quod essent soliti stato die ante lucem convenire carmenque Christo quasi deo dicere secum invicem) y en obligarse bajo juramento (sacramento) no ya a perpetrar delito alguno, antes a no cometer hurtos, fechorías o adulterios, a no faltar a la palabra dada, ni a negarse, en caso de que se lo pidan, a hacer un préstamo. Terminados los susodichos ritos, tienen por costumbre el separarse y el volverse a reunir para tomar alimento (rursusque coeundi ad capiendum cibum), común e inocentemente. E incluso de esta práctica habían desistido a raíz de mi decreto por el que prohibí las asociaciones (hetaerias), conforme a tus órdenes.
(8) Intenté por todos los medios arrancar la verdad, aun con la tortura, a dos esclavas que llamaban servidoras (ministrae). Pero no llegué a descubrir más que una superstición irracional y desmesurada (superstitionem pravam et inmodicam).
(9) Por ello, tras suspender la indagación, recurro a ti en busca de consejo. El asunto me ha parecido digno de consulta, sobre todo por el número de denunciados: Son, en efecto, muchos, de todas las edades, de todas las clases sociales, de ambos sexos, los que están o han de estar en peligro. Y no sólo en las ciudades, también en las aldeas y en los campos se ha propagado el contagio de semejante superstición. Por eso me parece que es preciso contenerla y hacerla cesar.
(10) Me consta con certeza que los templos, desiertos prácticamente, comienzan a ser frecuentados de nuevo, y que las ceremonias rituales (sacra sollemnia) hace tiempo interrumpidas, se retoman, y que se vende por doquier la carne de las victimas que hasta la fecha hallaba escasos compradores. De donde es fácil deducir qué muchedumbre de hombres podría ser sanada si se aceptase su arrepentimiento.
Plinio el Joven, Epist. X,97 (respuesta de Trajano):
Caro Segundo, has seguido acendrado proceder en el examen de las causas de quienes te fueron denunciados como cristianos (qui christiani ad te delati fuerant). No se puede instituir una regla general (in universum aliquid), es cierto, que tenga, por así decir, valor de norma fija. No deben ser perseguidos de oficio (conquirendi non sunt).
Si han sido denunciados y han confesado, han de ser condenados, pero del siguiente modo: quien niegue ser cristiano (qui negaverit se christianum esse) y haya dado prueba manifiesta de ello, a saber, sacrificando a nuestros dioses, aun cuando sea sospechoso respecto al pasado, ha de perdonársele por su arrepentimiento (veniam ex paenitentia impetret). En cuanto a las denuncias anónimas, no han de tener valor en ninguna acusación, pues constituyen un ejemplo detestable y no son dignas de nuestro tiempo.
PLINIUS SECUNDUS
Epistolae
X, 96
Plinius Traiano imperatori.
Sollemne est mihi, domine, omnia, de quibus dubito, ad te referre. Quis enim potest melius vel cunctationem meam regere vel ignorantiam instruere?
Cognitionibus de Christianis interfui nuquam; ideo nescio, quid et quatenus aut puniri soleat aut quaeri. Nec mediocriter haesitavi, sitne aliquod discrimen aetatum, an quamlibet teneri nihil a robustioribus differant, detur paenitentiae venia, an ei qui omnio Christianus fuit, decisse non prosit, nomen ipsum, si flagitiis careat, an flagitia cohaerentia nomini puniantur.
Interim (in) iis, qui ad me tamquam Christiani deferebantur, hunc sum secutus modum. Interrogavi ipsos, an essent Christiani. Confitentes iterum ac tertio interogavi supplicium minatus; perseverantes duci iussi. Neque enim dubitabam, qualecumque esset, quod faterentur, pertinaciam certe et inflexibilem ostinationem debere puniri. Fuerunt alii similis amentiae, quos, quia cives Romani erant, adnotavi in urbem remittendos. Mox ipso tractatu, ut fieri solet, diffundente se crimine plures species inciderunt.
Propositus est libellus sine auctore multorum nomina continens. Qui negabant esse se Christianos aut fuisse, cum praeeunte me deos appellarent et imagini tuae, quam propter hoc iusseram cum simulacris numinum afferri, ture ac vino supplicarent, praeterea maledicerent Christo, quorum nihil cogi posse dicuntur, qui sunt re vera Christiani, dimittendos esse putavi.
Alii ab indice nominati esse se Christianos dixerunt et mox negaverunt; fuisse quidem, sed desisse, quidam ante triennium, quidam ante plures annos, non nemo etiam ante viginti. Hi quoque omnes in imaginem tuam deorumque simulacra venerati sunt et Christo maledixerunt.
Affirmabant autem hanc fuisse summam vel culpae suae vel erroris, quod essent soliti stato die ante lucem convenire carmenque Christo quasi deo dicere secum invicem seque sacramento non in scelus aliquod obstringere, sed ne furta, ne latrocinia, ne adulteria committerent, ne fidem fallerent, ne depositum appellati abnegarent. Quibus peractis morem sibi discedendi fuisse rursusque coeundi ad capiendum cibum, promiscuum tamen et innoxium; quod ipsum facere desisse post edictum meum, quo secundum mandata tua hetaerias esse vetueram. Quo magis necessarium credidi ex duabus ancillis, quae ministrae dicebantur, quid esset veri, et per tormenta quaerere. Nihil aliud inveni quam superstitionem pravam, immodicam.
Ideo dilata cognitione ad consulendum te decurri. Visa est enim mihi res digna consulatione, maxime propter periclitantium numerum; multi enim omnis aetatis, omnis ordinis, utriusque sexus etiam, vocantur in periculum et vocabuntur. Neque civitates tantum, sed vicos etiam atque agros superstitionis istius contagio pervagata est; quae videtur sisti et corrigi posse. Certe satis constat prope iam desolata templa coepisse celebrari et sacra sollemnia diu intermissa repeti passimque venire victimarum carnem, cuius adhuc rarissimus emptor inveniebatur. Ex quo facile est opinari, quae turba hominum emendari possit, si sit paeni-tentiae locus.
X, 97
Traianus Plinio.
Actum, quem debuisti, mi Secunde, in excutiendis causis eorum, qui Christiani ad te delati fuerant, secutus es. Nequae enim in universum aliquid, quod quasi certam formam habeat, constitui potest. Conquirendi non sunt; si deferantur et arguantur, puniendi sunt, ita tamen, ut, qui negaverit se Christianum esse idque re ipsa manifestum fecerit, id est supplicando dis nostris, quamvis suspectus in praeteritum, veniam ex paenitentia impetret. Sine auctore vero propositi libelli (in) nullo crimine locum habere debent. Nam et pessimi exempli nec nostri saeculi est.
Students.gf.nsu.ru (http://students.gf.nsu.ru/medieval/latin/fplinius.html).
[ Ignoro cual es la "misteriosa" razón que me impide siempre editar el texto de una manera "normal" hacia mediados del blog.....]